# ¿Qué es la apostilla de la Haya y dónde se pide en España?

La apostilla de la Haya es una anotación que certifica la firma, el cargo de quien firma y el sello de un documento público, para que valga en otro país del Convenio de 5 de octubre de 1961 sin más trámites[1]. No certifica el contenido ni traduce nada. En España la ponen los Tribunales Superiores de Justicia, el Ministerio de Justicia, sus Gerencias Territoriales y los Colegios Notariales[2].

## La apostilla, en breve

- **Qué certifica**: La autenticidad de la firma, la calidad en que actuó el firmante y, en su caso, la identidad del sello o timbre[1]
- **Dónde va**: Sobre el propio documento o sobre una prolongación del mismo[1]
- **Qué documentos**: Judiciales, administrativos, notariales y certificaciones oficiales sobre documentos privados[1]
- **Qué documentos no**: Los expedidos por agentes diplomáticos o consulares, y los administrativos de una operación comercial o aduanera[1]
- **Documentos privados**: No se pueden apostillar en España[2]
- **Papel o electrónica**: Ambas son válidas, y todas quedan en el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia[2]

Un documento apostillado en un país del convenio se reconoce en cualquier otro país del convenio sin otra autenticación[3]. El ministerio publica la lista de Estados firmantes en su página sobre la apostilla[3].

## ¿Quién apostilla cada documento en España?

El Real Decreto 1497/2011 reparte la competencia según el tipo de documento[2]:

*Autoridades competentes según el Real Decreto 1497/2011, consultado el 5 de noviembre de 2026*

| Documento | Ejemplos | Quién lo apostilla |
| --- | --- | --- |
| Administrativo | Certificados de la Administración General del Estado, de la Seguridad Social, de una comunidad autónoma o de un ayuntamiento, y los de los Registros de la Propiedad y Mercantiles[2] | Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, Ministerio de Justicia, Gerencias Territoriales del ministerio y Colegios Notariales[2] |
| Judicial | Documentos de juzgados, tribunales y demás unidades de la Administración de Justicia[2] | Tribunales Superiores de Justicia, Ministerio de Justicia y Gerencias Territoriales[2] |
| Tribunal Supremo y Audiencia Nacional | Sus documentos judiciales[2] | Solo sus propios Secretarios de Gobierno[2] |
| Notarial | Escrituras, actas y legitimaciones de firma[2] | Solo los Colegios Notariales[2] |

En la práctica, un certificado del Registro Civil sigue la vía de los documentos judiciales[4], y un certificado de la Seguridad Social es un documento administrativo[2]. La página del Ministerio de Justicia enlaza la solicitud por internet, en persona y por correo postal, y la consulta y descarga de la apostilla electrónica[3].

## ¿Apostilla o legalización diplomática?

La apostilla solo sirve entre países del convenio. Un documento público español que va a un país que no lo ha firmado pasa por la legalización del Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y después por la representación diplomática de ese país[4]. Al revés, un documento de un país sin convenio se legaliza primero en su Ministerio de Asuntos Exteriores y después en la representación española[4].

La legalización del Servicio de Legalizaciones de Exteriores es gratuita. La de las representaciones españolas en el extranjero lleva una tasa consular[4].

Entre países de la Unión Europea hay un atajo. El Reglamento (UE) 2016/1191 exime de apostilla los documentos públicos sobre nacimiento, matrimonio, defunción, nacionalidad, residencia o ausencia de antecedentes penales, entre otros[5].

## ¿Qué va primero, la apostilla o la traducción jurada?

Primero la apostilla del documento original, y después la traducción. Así el traductor jurado traduce el documento y también la apostilla, que viene en el idioma del país que la expidió. Exteriores indica que, para comprobar una traducción, se puede pedir el documento original con su apostilla o legalización[4].

Una traducción jurada hecha en España no necesita legalización para surtir efecto ante las administraciones públicas españolas[6]. La traducción lleva la certificación de fidelidad, la firma y el sello del traductor, y una copia completa del original sellada y fechada en todas sus hojas[4].

- **Documento extranjero para España**: Apostilla en el país de origen, luego traducción jurada al castellano en España[4]
- **Documento español para el extranjero**: Apostilla en España. La traducción la pide el país de destino, y conviene preguntarle quién puede hacerla
- **Documento de otro país de la UE**: Sin apostilla en los ámbitos del Reglamento 2016/1191, y con impreso multilingüe se evita casi siempre la traducción[5]

El buscador de traductores e intérpretes del Ministerio de Asuntos Exteriores filtra por idioma y por provincia[7]. La guía de [traducción jurada](https://www.loreai.org/es/traduccion-jurada) explica cómo pedir presupuesto.

## ¿Cómo leer una apostilla extranjera?

Todas siguen el modelo del anexo al convenio, un cuadrado de al menos 9 centímetros con el título Apostille (Convention de La Haye du 5 octobre 1961) y diez casillas numeradas[1]:

1. País.
2. Nombre de quien firma el documento.
3. Calidad en que actúa.
4. Sello o timbre que lleva el documento.
5. Lugar.
6. Fecha.
7. Autoridad que expide la apostilla.
8. Número de la apostilla.
9. Sello o timbre de la autoridad.
10. Firma.

LoreAI lee la apostilla junto con el documento, con reconocimiento óptico de caracteres (OCR), y le devuelve un archivo Word editable en español o en cualquiera de sus 105 idiomas. Lee sellos y letra manuscrita, y los nombres, las fechas y los números de apostilla se quedan como están escritos.

## Dónde encaja LoreAI

LoreAI no es un servicio de traducción jurada, y su archivo no sustituye a la traducción oficial. Sirve para entender un documento apostillado antes de encargar nada, para saber qué autoridad lo firmó y para dar al traductor jurado una versión de trabajo en Word.

Suba un PDF escaneado o una foto en JPG o PNG. El primer documento es gratis, hasta 3 páginas y 3 MB. Si su apostilla acompaña a un título extranjero, vea [homologar un título en España](https://www.loreai.org/es/homologar-titulo). Todas las guías están en la [página de documentos](https://www.loreai.org/es/documentos/).

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué es la apostilla de la Haya?

Una anotación que certifica la firma, la calidad del firmante y el sello de un documento público, para que valga en otro país del Convenio de La Haya de 1961 sin legalización[1].

### ¿Dónde se apostilla un documento en España?

En las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, en el Ministerio de Justicia y sus Gerencias Territoriales, y en los Colegios Notariales para los documentos notariales[2].

### ¿Hay que apostillar una traducción jurada?

Para usarla ante una administración española, no. Las traducciones de un traductor jurado no necesitan legalización en España[6].

### ¿Se puede apostillar un documento privado?

No. En España los documentos privados no se apostillan[2]. Antes hay que convertirlos en documento público, por ejemplo con una legitimación de firma ante notario, que es un documento notarial[4] y se apostilla en el Colegio Notarial[2].

### ¿Necesito apostilla para un documento de otro país de la UE?

Para los documentos del Reglamento (UE) 2016/1191, como nacimiento, matrimonio o ausencia de antecedentes penales, no[5].

## Fuentes

1. [Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado: Convenio de 5 de octubre de 1961 suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros (texto en español)](https://www.hcch.net/es/instruments/conventions/full-text/?cid=41), consultado el 5 de noviembre de 2026
2. [Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17892), consultado el 5 de noviembre de 2026
3. [Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (mjusticia.gob.es): Legalización Única o Apostilla de la Haya](https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/legalizacion-unica-apostilla), consultado el 5 de noviembre de 2026
4. [Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación: Legalización diplomática](https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Legalizacion-y-apostilla.aspx), consultado el 5 de noviembre de 2026
5. [Portal Europeo de e-Justicia: Documentos públicos](https://e-justice.europa.eu/551/ES/public_documents), consultado el 5 de noviembre de 2026
6. [Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas (BOE)](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-9271), consultado el 5 de noviembre de 2026
7. [Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación: Traductores e intérpretes](https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Buscador-STIJ.aspx), consultado el 5 de noviembre de 2026

Por Matt Mountain · Actualizado el 5 de noviembre de 2026
